¿A qué productos financieros afecta?
Las reglas de la nueva Orden Ministerial se aplican a los créditos revolving, más concretamente a las tarjetas de crédito revolving.
Según la nueva normativa, los bancos tienen el deber de informar a los clientes, de forma transparente y detallada, sobre sus productos y específicamente sobre las condiciones del contrato del crédito revolving, con información periódica que incluya el detalle del crédito (importe, plazo de amortización, etc.)
Esto sucede porque los créditos revolving tienen la particularidad de que pueden ser prorrogados automáticamente, ya que el importe de las cuotas destinadas a la amortización del capital que el cliente abona de forma periódica vuelve a formar parte del crédito disponible. Sobre el crédito dispuesto se aplica el tipo de interés pactado y en ocasiones, si se producen impagos, estas cantidades se capitalizan mediante nuevas disposiciones del crédito que, a su vez, generarán intereses.
De esta forma, surge la necesidad de adoptar medidas que velen por la seguridad de acreedores y beneficiarios, un proceso que pasa por varias modificaciones, concretamente en la comunicación, transparencia, evaluación de la solvencia y aplicación de valores límite.